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Mostrando entradas de marzo, 2025
 TAREA 4: PATENTES Una patente es un derecho subjetivo para la tutela de los derechos de propiedad intelectual y registral. Es decir, así como registramos inmuebles en propiedad  para protegerlos de injerencias de terceros, también podemos registrar la propiedad intelectual de un producto o invento. Y desde esta perspectiva cabe señalar que la acción de patentar algo puede formar parte de una estrategia empresarial de impedir que los competidores lacen al mercado innovaciones que pudieran afectar a la ventaja competitiva de aquella. En este sentido, aunque las patentes puedan actuar como un freno al acceso al conocimiento y al desarrollo e innovación, es preciso señalar que, el reconocimiento de derechos a una parte o grupo social conlleva limitaciones y restricciones para la otra parte.  Sin embargo, tras la lectura relacionada con las patentes, he de señalar 2 aspectos que me han llamado la atención. En primer lugar, el coste de las patentes puede ayudar a que grandes e...
 TAREA 3: FRAUDE CIENTÍFICO  El fraude científico es una práctica condenable y condenada no sólo por la comunidad científica, sino también por la sociedad. Más allá del debate sobre dónde posicionar la línea entre el fraude y las conductas cuestionables éticamente, como  bien explica  Joaquín Sevilla , cabe plantearse qué impulsa a la comunidad científica a llevar a cabo no solamente prácticas claramente fraudulentas, sino también prácticas que, si bien no podrían calificarse de fraude, sí se les podría atribuir cierta falta de ética. Sin ánimo de defender la mala praxis , la investigación, como profesión, está precarizada, especialmente en las primeras etapas: bajos salarios y mucha competitividad.  Citando a Jean-Jacques Rousseau, "el hombre nace bueno y la sociedad lo corrompe", y es que, esta situación de inestabilidad laboral y económica puede corromper al investigador y ser un motivo suficientemente significativo como para llevar a cabo prácticas fraudulen...
 TAREA 2 (ABAI 2) Puede ser difícil pensar en un paradigma de mi ámbito de investigación. Sin embargo, el derecho del trabajo puede ser, ciertamente, paradigmático en sí mismo, y es que su creación se sustenta sobre la base de un concreto modelo de trabajo: trabajador que acude de lunes a viernes a su centro de trabajo para prestar sus funciones durante 8 horas. No obstante, el contexto social (en su sentido más genérico) es cambiante y afecta, en el caso concreto, al derecho del trabajo, emergiendo nuevos modelos de prestación de trabajo, y en definitiva, modificando el paradigma laboral y obligando a los investigadores a desarrollar nuevos enfoques - prácticamente impensables de plantear años atrás -  relativos al marco de aplicación del derecho del trabajo, para garantizar así la protección de los derechos de todos los trabajadores.